Reglas para emitir CFDI de Egreso - nota de crédito - en versión 4.0 de CFDI

Reglas para emitir CFDI de Egreso – nota de crédito – en versión 4.0 de CFDI.

En México, la emisión de un CFDI de egreso (nota de crédito) se rige por las siguientes reglas en la versión 4.0 del CFDI:

El Tipo de Comprobante es «E» (Egreso). Este tipo de comprobante avala devoluciones, descuentos o bonificaciones para su deducción.

Este tipo de comprobante no debe utilizarse para cancelar indiscriminadamente un CFDI de Ingreso, sino que se utiliza para poder restar del mismo, montos por diferentes razones.

El CFDI de egreso (nota de crédito) debe contener los mismos datos fiscales del CFDI original (factura de venta) que se está cancelando, incluyendo el nombre, régimen fiscal  y RFC del cliente.

Debe incluir los datos fiscales del emisor y receptor, así como la descripción de los productos o servicios.

El valor del CFDI de egreso (nota de crédito) no puede ser superior al valor del CFDI original (factura de venta) que se está cancelando.

El Uso de CFDI a utilizar es el G02 correspondiente a «Devoluciones, Descuentos o bonificaciones». Este uso de CFDI está limitado a los siguientes Regímenes Fiscales del receptor:

 

601 General de Ley Personas Morales
603 Personas Morales con Fines no Lucrativos
606 Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
612 Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales
620 Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos
621 Incorporación Fiscal
622 Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
623 Opcional para Grupos de Sociedades
624 Coordinados
625 Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
626 Régimen Simplificado de Confianza

 


El CFDI de Egreso o nota de crédito se emite como un documento relacionado, ya que su objetivo es «restar» a el valor de un CFDI de Ingreso emitido previamente. Por esa razón, debe llenarse el nodo «CFDI relacionado» utilizando alguno de estos «TipoRelación», según sea el caso:

  • 01 «Nota de crédito de los documentos relacionados». Esto se utilizará en el caso de descuentos y/o bonficaciones
  • 03 «Devolución de mercancía sobre factura o traslados previos». Esto se utilizará en el caso de que la mercancía sea devuelta.

En el mismo nodo CFDI relacionado debe colocarse el UUID o folio fiscal del comprobante Tipo Ingreso con el que se relaciona el comprobante.

Forma de pago: Se deberá registrar como forma de pago, la misma clave vigente que se registró en el CFDI “I” (Ingreso) que dio origen a este comprobante, derivado ya sea de una devolución, descuento o bonificación, conforme al catálogo de formas de pago del Anexo 20, opcionalmente se podrá registrar la clave vigente de forma de pago con la que se está efectuando el descuento, devolución o bonificación en su caso.

Condiciones de pago: Se pueden registrar las condiciones comerciales aplicables para el pago del comprobante fiscal, cuando existan éstas.

Método de pago: PUE «Pago en una sola exhibición.

La Clave de Producto o Servicio a utilizar.

  • En caso de devolución puede utilizarse la misma clave del propio producto.
  • En caso de descuentos y/o bonificaciones, la recomendación es utilizar la clave 84111506

 

El presente artículo es de carácter informativo y no debe tomarse como una guía de actuación, para ello le recomendamos acercarse a su experto fiscal y tomar en cuenta todas las reglas vigentes, tales como la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del IVA, Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal Vigente, Guías de llenado y demás normatividad vigente al momento de emitir sus comprobantes fiscales. La información puede no estar actualizada al momento de su consulta. Por favor utilice directamente las reglas y/o fundamentos legales vigentes.