Cómo hacer nómina en excel

Cómo hacer nómina en excel

Cómo hacer nómina en Excel®

La generación de la nómina es una tarea que conlleva múltiples detalles a considerar. Específicamente en nuestro país, México, requiere de tener conocimientos de diversos temas fiscales, ya que se tienen diversos puntos a considerar.

Guía de llenado

El primer punto a considerar cuando se va a realizar un recibo de nómina es seguir las instrucciones que el SAT da a conocer en las «Guías de llenado». Existe una guía específica para los recibos de nómina. Para el CFDI 4.0 y el complemento de nómina 1.2 esta es la guía de llenado que debe utilizarse: http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/GuiallenadoNomina311221.pdf.

Una vez que hemos tomado en cuenta la guía de llenado nos percataremos de que existen diversas secciones en el comprobante, llamadas «Nodos» 

Para poder emitir un recibo de nómina es necesario contar con un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) como «Pegaso Tecnología», el cual «timbre» el CFDI para darle validez y registrarlo en los servidores del SAT.

En nuestro caso contamos con una herramienta, la cual llamamos «Sistema Enlace Nómina Excel«, la cual permite dar de alta toda la nómina, aunque esta tenga decenas, cientos o miles de trabajadores, usando una hoja de cálculo de Microsoft Excel®

Mediante la hoja de cálculo la cual se entrega ya formulada y con diversas validaciones, además de que incluye los catálogos del SAT, es posible emitir en cuestión de unos pocos minutos, nóminas con múltiples trabajadores. 

La actualización de periodo a periodo es muy sencilla. simplemente se toma la hoja de cálculo que contiene ya todos los datos de los trabajadores y se actualiza con los datos necesarios del nuevo periodo, para realizarlo de forma fácil y rápida.

Si te gustaría tener más información acerca del sistema Enlace Nómina Excel, puedes consultar a un Distribuidor Autorizado Pegaso Digital cerca de ti, o llena nuestra forma de contacto y en breve estaremos comunicándonos contigo.

 

*Todas las marcas mencionadas son marcas registradas de sus propios fabricantes.

 

El subsidio al empleo en los recibos de nómina ya es obligatorio

Es importante para todos los patrones, sean personas físicas o morales, considerar que a partir de febrero de 2020, se vuelve obligatorio el llenado del subsidio al empleo en los recibos de nómina.

La medida comenzó a aplicarse desde enero de 2020 de forma opcional, pero a partir de febrero de este mismo año, es obligatorio. Si al realizar los cálculos de la nómina del trabajador éste no tiene derecho a subsidio, debe forzosamente indicarse con un cero en el campo correspondiente, pero éste ya no puede quedar vacío.

Esto aplica únicamente en los casos de sueldos y salarios y asimilados a salarios. La versión del complemento de nómina sigue siendo la 1.2 aunque ahora es 1.2b, y se puede consultar la guía de llenado del CFDI de nómina directamente en la página del SAT.

El plazo para corregir cualquier recibo de nómina del 2019 será hasta el próximo 29 de febrero conservando su deducibilidad.* Para ello, deben cancelarse los comprobantes que se sustituyen. Se considerarán emitidos en 2019, siempre y cuando la fecha real de pago indicada en el comprobante sea del propio año 2019.

Una recomendación importante para todas las personas es consultar el Visor de recibos de nómina que desde el año pasado se encuentra ya trabajando en la página del SAT. Se puede acceder desde la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/visor-de-comprobantes-de-nomina-para-los-trabajadores).

En la página es posible consultar los acumulados de los ingresos que se tuvieron en los ejercicios anteriores, así como la información de los impuestos que ya han sido retenidos. Es una excelente herramienta para poder verificar si todo lo cobrado fué reportado correctamente al SAT, y también para poder, con tiempo, verificar cualquier discrepancia y en su caso poder realizar las aclaraciones, tanto con patrones, como con el propio SAT, y no esperar hasta la declaración anual en Abril, que ya también se encuentra a la vuelta de las esquina.

Las declaraciones anuales de personas morales son en Marzo, por esa razón ya entrando el siguiente mes no es posible realizar aclaraciones o se complicará mucho más. En abril, serán las declaraciones de personas físicas, por lo que estas dos actividades altamente demandantes se recomienda revisar el visor de nómina del SAT, para confirmar que todo lo que está ahí sea correcto.

Les recordamos que los Distribuidores Autorizados de Pegaso Tecnología, pueden apoyarles con la emisión de sus recibos de nómina, así como de cualquier comprobante fiscal digital que requieran. Pueden encontrarnos en la página www.comprobantesfiscalesdigitales.com

 

*Regla 2.7.5.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2019.